Plan de facilidades AFIP. Últimos días

Se recuerda que hasta el 29/12/23 se puede adherir al Plan de Facilidades de Pago establecido por AFIP (RG.5425).

  • · Es para obligaciones vencidas al 31/8/23.
  • · Exclusiones objetivas:
  •       * Los anticipos y/o pagos a cuenta.
  •       * Los intereses de las deudas no incluidas en el régimen.
  •       * El IVA que se debe ingresar por prestaciones:
  •               – de servicios realizadas en el exterior,
  •               – de servicios digitales, y
  •               – de servicios realizadas en el país por sujetos radicados en el exterior
  •      * Los aportes y contribuciones destinados al RNOS,excepto de monotributo.
  •      * Los aportes y contribuciones Servicio Doméstico yCasas Particulares.
  •      * Las cuotas destinadas a las ART.
  •      * Las cuotas de planes de facilidades de pago vigentes.
  •      * Las obligaciones incluidas en PFP caducos desde el1/10/23.
  •      * Deudas de origen aduanero.
  • · Exclusiones subjetivas:
  •        * los sujetos procesados por los delitos previstos en las leyes penal tributaria, previsional y aduanera, ni
  •        * los imputados por delitos comunes que tengan conexión con el incumplimiento de sus obligaciones:
  •                – impositivas,
  •                – delos recursos de la seguridad social o
  •                – aduaneras.
  • · Condiciones:
  •          * La cantidad de cuotas depende del tipo de sujeto:máximo 120.
  •          * Cada cuota deberá ser igual o superior a $ 2.000.-
  •          * El interés de financiación es de hasta el 100% del resarcitorio (hoy 5,91% mensual).
  • Se suspende hasta el 31/12/23 el inicio de juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares, con excepción de lasMedianas Empresas -Tramo 2- y los denominados “Demás contribuyentes”.